Para ingresar al
programa, cada migrante (y sin excepción) deberá sacar un turno para iniciar
los trámites desde la página web de la DNM.
El plazo para acogerse a los términos de los presentes
regimenes especiales se extenderá por CIENTO OCHENTA (180) días corridos a
partir del 14 de enero de 2013.
Para poder beneficiarse de los trámites
simplificados y de los beneficios en los regímenes estimados, es requisito:
para los dominicanos, que hayan entrado legalmente al país antes del 1 de agosto del año
pasado; para los
senegaleses, que estén en
el país antes de que entre en vigencia el régimen especial. En ambos casos, entre otras cosas, deberán
demostrar "medios
de vida lícitos y útiles".
Con la presentación de los papeles
requeridos, desde la DMN
se concederá una residencia precaria con la que los migrantes tendrán que
presentarse en la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a
inscribirse como monotributistas o la categoría que corresponda según la
actividad que desempeñe, puesto que también podrá ser responsable inscripto.
Una vez finalizado el trámite, se proveerá
una radicación temporaria por el plazo de un año. Si en ese lapso cumple con el
pago de las obligaciones con la
AFIP , se concederá por otros tres años la misma radicación, y
si hay un pago regular del tributo en todo ese tiempo, se brindará la
radicación definitiva.
Desde la DNM se justifica la implementación de dichos
proyectos sobre la base de que “existe un importante número de residentes
dominicanos y senegaleses (se estima que alrededor de 5.000 dominicanos y 7.000
senegaleses indocumentados aproximadamente) que luego de entrar como “turistas”
al país son encontrados en lugares de trabajo y con plazos de permanencia
excedidos. Lo que se procura mediante dichas disposiciones es acabar con las
dificultades que enfrentan dichos migrantes en su inserción en el mercado
laboral formal, hecho que les impide el correcto goce de sus derechos laborales
y de seguridad social.
Bajo ese fundamento, la DNM aprobó finalmente los regímenes
especiales de regularización que simplifican los trámites de acceso a la
residencia. Tanto para los dominicanos como para los
senegaleses, esos regímenes especiales estarán vigentes desde este 14
de enero; y mientras duren, no se los podrá expulsar en función de su
documentación migratoria.
Desde la fundación se han atendido más de
500 consultas y se ha asesorado legalmente a tal respecto de manera totalmente
gratuita, acompañando a cada caso en todo el proceso. Invitamos a todos
aquellos que quieran iniciar el trámite a acercarse a nuestras instalaciones en
Santiago del Estero 253/7.
[1] Régimen especial de
regularización de extranjeros de nacionalidad dominica: http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/Index.castle?s=01&idAviso=4407031&IdRubro=5006&f=20130110
[2] Régimen especial de
regularización de extranjeros de nacionalidad senegalesa: http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/Index.castle?s=01&idAviso=4407031&IdRubro=5006&f=20130110
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